DENUNCIAS POR INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES INFORMATIVAS DE LOS PORTALES DE TRANSPARENCIA

Revise desde aquí la ficha del procedimiento. Puede iniciar la tramitación telemática, así como la presencial, desde la sección "Tramitación".

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

Presentación del formulario de denuncia en materia por incumplimiento de la obligación de publicar la información que se relaciona en el Título II de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública (LTAIP).

Descripción

Presentación del formulario de denuncia en materia por incumplimiento de la obligación de publicar la información que se relaciona en el Título II de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública (LTAIP). Será válida cualquier presentación que permita tener constancia de:

a) La identidad del solicitante.
b) El incumplimiento de la obligación de publicar la información cuya divulgación es obligatoria.
c) La identificación de la administración en la que se produce el incumplimiento.
d) Fecha de constatación del incumplimiento.

La presentación de una denuncia no inicia por sí misma un procedimiento administrativo, ni confiere al denunciante la condición de interesado. En caso de que el órgano responsable estimara que concurren indicios suficientes como para iniciar un procedimiento de control de cumplimiento de obligaciones de publicidad activa, lo iniciará siempre de oficio.

Trámites incluidos
  • Presentación de denuncia.
  • Gestión de requerimientos de subsanación y/o mejora, petición de documentación, en su caso.
  • Comunicación al denunciante del inicio del procedimiento de control, o bien del archivo de la denuncia.
  • La denuncia será archivada cuando se considere infundada o cuando no se concreten o identifiquen suficientemente los hechos o las personas denunciadas o cuando no se refiera incumplimientos de la LTAIP.
  • Comunicación al denunciante del resultado del procedimiento de control.
Normativa reguladora
  • Artículo 63.2 de la LTAIP, artículo 62 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano responsable

Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información.

A quién está dirigido

Ciudadanía en general.

Sistema de identificación

Tramitación presencial:

Documento Nacional de Identidad o documento identificativo equivalente, para verificar la identidad de los interesados en el procedimiento administrativo, mediante la comprobación de su nombre y apellidos o denominación o razón social.

Tramitación electrónica:

  • Con certificado electrónico de identificación o DNI electrónico.
  • Con cl@ve pin.
Lugar de presentación
  • Telemática.
  • Registro Parlamento de Canarias.
  • Oficinas de correos.
  • Demás lugares contemplados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación

No tiene un plazo limitado de interposición, se puede presentar en cualquier momento.

Tasas

No se aplican.

Tramitar telemáticamente

Puede iniciar la tramitación telemática (online) de este procedimiento desde el siguiente enlace: Iniciar tramitación telemática

Tramitar presencialmente

Si prefiere iniciar la tramitación de manera presencial en las oficinas de esta entidad, puede hacerlo descargando y cumplimentando los siguientes formularios: